Un Registro de Marca Internacional puede obtener protección en México como país designado. Cuando se notifica una designación a la Oficina de Marcas de México, se asigna una solicitud nacional para cada clase protegida y se procesa y se le otorgan registros independientes para cada clase.
Las denegaciones provisionales son emitidas por la Oficina de Marcas de México y notificadas a los propietarios a través de la Oficina Internacional y para responder a la denegación oficial, es obligatorio designar a un abogado local mediante la presentación de un documento de Poder original para cada solicitud nacional.
Para responder a una denegación provisional se otorga un período regular de 2 (dos) meses que puede extenderse por 2 (dos) meses adicionales, si es necesario. La falta de respuesta genera automáticamente el abandono de la solicitud.
Las marcas internacionales siguen el mismo procedimiento de registro que las solicitudes nacionales, incluido el proceso de oposición, respuesta a requerimientos oficiales y concesión, sin embargo su vida legal depende de la vida del Registro Internacional base..
Renovación
Los registros de marcas mexicanas otorgados bajo el Sistema Madrid deben presentar de forma obligatoria una declaración de uso dentro del período de tres meses después de que se notifique la renovación del Registro Internacional a la Oficina de Marcas Mexicana.
Declaración de uso
Los registros nacionales otorgados bajo el Sistema Madrid deben presentar una declaración de uso dentro del período de tres meses, contados a partir de que la OMPI informe a la Oficina de Marcas de México que el Registro Internacional ha sido renovado. La no presentación de la declaración de uso genera una caducidad automática.