Los derechos del Convenio de Paris se reconocen para las solicitudes de Diseños y Dibujos Industriales presentadas dentro de los 6 (seis) meses siguientes a la fecha de prioridad.
Según los últimos cambios a la Ley de Propiedad Industrial, los Diseños Industriales se otorgan por 5 años, los cuales pueden renovarse por periodos de 5 años, hasta un máximo de 25 años.
La ley de Propiedad Industrial otorga un período de gracia de 1 (un) año para las invenciones previamente divulgadas, para presentar la solicitud correspondiente en México. Sin embargo, esta disposición no se aplica a las invenciones divulgadas por la publicación de la Solicitud de patente o la patente concedida.
Los dibujos formales deben ser suficientemente claros, es decir, las líneas negras bien definidas y las fotografías también son admisibles. No se permiten textos en los dibujos y se requiere que muestre 7 (siete) vistas del diseño; vista frontal, posterior, superior, inferior, costado derecho, costado izquierdo y en perspectiva.
No es necesario solicitar el examen y las tasas de examen se incluyen en las tasas de presentación. El tiempo promedio para ingresar al examen es de 8 meses.
El período desde la presentación hasta la obtención del Certificado de Diseño Industrial es de aproximadamente 1 (un) año.
Datos para presentar una solicitud de Diseño:
– Nombre del solicitante, domicilio (residencia) y nacionalidad.
– Nombre del diseñador, dirección (residencia) y nacionalidad.
– Datos de prioridad; fecha, número de serie y nacionalidad.
– Título de la invención.
Documentos:
– Memoria descriptiva en español,
– Dibujos formales,
– Poder notarial. – No se requiere certificación ni legalización,
– Cesión del diseñador,
– Copia certificada de la solicitud de prioridad (si corresponde) y su traducción al español,
– Cesión de derechos de prioridad (si corresponde).
Anualidades:
Solo los Registros de Diseño otorgados bajo la Ley de Propiedad Industrial anterior, deben pagar anualidades por periodos quinquenales (plazo de 5 años). El primer quinquenio se paga conjuntamente con los derechos de concesión para el año en curso y los siguientes 4 (cuatro) años. Los próximos quinquenios vencen cada 5 años en el aniversario de la fecha de presentación.